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El Movimiento Republicano solicitará la Creación del Tribunal Penal Internacional de las Américas,. 3 DE MARZO

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El Movimiento Republicano solicitará la Creación del Tribunal Penal Internacional de las Américas, ante la Asamblea Nacional (AN) y el Parlamento Latinoamericano (Parlatino) que resulte electo en los comicios electorales a realizarse el 25 de mayo de 2025, declaró el Doctor en Leyes y Relaciones Internacionales Mario Valdez.

Las nuevas realidades políticas y jurídicas internacionales latinoamericanas,  ante el creciente auge de los delitos de Narcotráfico, Corrupción, Terrorismo y Ecocidio, todos ellos están previstos y sancionados por el derecho penal interno de cada uno de los Estados que conforman Las Américas y el Caribe.  Pero no se encuentran contemplados como crímenes internacionales en el Estatuto de Roma, que es el instrumento fundamental de la creación de la Corte Penal Internacional (CPI) con Sede en la Haya, Holanda, en fecha 17 de junio de 1988, de la cual Venezuela es Estado Miembro desde diciembre de 2000. La CPI tiene tipificado como Crímenes Internacionales: Lesa Humanidad, Genocidio, Guerra y Agresión. 

Necesidad de crear un Órgano Jurídico Supranacional

La realidad que viven nuestros pueblos aconseja la Creación de un Órgano jurídico supranacional, que el internacionalista Mario Valdez, lo ha definido como el Tribunal Penal Internacional de Las Américas (TPIA), que tendrá personalidad jurídica internacional, con independencia y autonomía,  para que sea la garantía de una dinámica jurídica internacional en la región. Sostiene que debe tener carácter permanente, con jurisdicción y autonomía para sustanciar, procesar, juzgar y sancionar a los ciudadanos de los países latinoamericanos e Iberoamericanos. Ya que en muchos de los casos los autores o perpetradores de estos ilícitos, burlan o evaden la aplicación de la justicia, se refugian o asilan en otros países, lo que dificulta la  aplicación de sanciones, quedando ilusoria la pretensión de hacer justicia. Se hace imposible la repatriación de los capitales productos de la corrupción y del narcotráfico, ya que miles de millones de dólares se encuentran congelados en bancos de distintos países, y se hace difícil que a los Estados que se les ha birlado, se les robado esos dineros, puedan recuperarlos para ser invertidos en Salud, educación, deporte, etc.

Cooperar es ayudar a poner fin a la impunidad

Esta Corte Penal Internacional Latinoamericana pudiera considerarse como una extensión del sistema judicial de cada Estado o una agente de la comunidad internacional para poner fin a la impunidad. Los Estados deben cumplir las instrucciones emanadas del TPIA, deben proporcionar los sistemas de ejecución de la ley necesarios para dar cumplimiento a sus órdenes, cuando el TPIA solicite la detención o la entrega de personas acusadas por cualquiera de los crímenes bajo el ámbito de su jurisdicción y competencia. La cooperación es necesaria para asegurar el cumplimiento de los procedimientos. Los retrasos de los Estados para responder a las solicitudes de cooperación reducen la eficiencia de la Corte y aumentan sus costos.  Sin la cooperación del Estado Miembro el TPIA no podrá cumplir su mandato y este órgano jurisdiccional correrá el riesgo del colapso.

Las víctimas nunca son resarcidas

Este Tribunal Penal Internacional en la región, se encargará de perseguir y capturar a los delincuentes de crímenes internacionales, si son culpables se les aplicarán sanciones, y las naciones podrán recuperar  los capitales y los bienes  productos de hechos delincuenciales. Hay un hecho importante y es que los países podrán resarcir los daños causados al erario público y repatriar sus capitales.

Reparación a las Víctimas

El TPIA  establecerá mecanismos y principios para que las Víctimas sean reparadas por los daños sufridos, es decir, a las medidas para reparar las violaciones de los derechos humanos proporcionando una serie de beneficios materiales y simbólicos a las víctimas o a sus familiares, así como a las comunidades afectadas, ocasionados por los transgresores de la norma penal internacional.

Las medidas de reparación deben contemplar:

A.- La Restitución, devolver a la víctima a su situación original antes de que se produjera la violación, por ejemplo, la restitución de la libertad, el restablecimiento del empleo, la devolución de los bienes.

B.- La Compensación, que debe preverse para cualquier daño económicamente evaluable, pérdida de ingresos, pérdida de bienes, daños morales.

C.- La Rehabilitación, debe incluir servicios y atención médica, psicológica, jurídica y social.

D.- La Satisfacción, debe incluir el cese de las violaciones continuas, la búsqueda de la verdad, la búsqueda de las personas.

Prensa Movimiento Republicano

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