Los comerciantes rechazan que desde la llegada de Fospuca a Ciudad Guayana se haya propiciado una gran voracidad fiscal y avaricia mercantil. Alegan que la fijación de tarifas por la Alcaldía, el cobro en dólares y el cálculo por metros cuadrados violentan la Ley de Armonización Tributaria
Texto: Edwin Rosal Vásquez / Correo del Caroní
La Asamblea de Ciudadanos de Ciudad Guayana exige que la Alcaldía de Caroní respete y haga cumplir la decisión tomada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia el pasado mes de agosto, en torno a los atropellos contra los comerciantes por el tema de la recaudación por concepto de recolección y gestión de desechos sólidos en la urbe.
Los comerciantes Mónica Murrugarra, José Córdoba, Rosa Dorta y Graciela de Padilla, en nombre de la referida asamblea rechazan la represión y coacción que se ha aplicado a las empresas por el sistema de cobranzas en el municipio, ya el Tribunal Supremo de Justicia determinó que las proformas no son válidas para tal fin.
“El hecho de utilizar esa proforma, sin respetar la decisión del máximo tribunal de la república es un delito, ya que en Caroní no se acogieron al cumplimiento y ha seguido sucediendo tal atropello contra el gremio comercial, que se pretende seguir con los jueces quienes ejecutan la acción argumentando que son decisiones emanadas desde Caracas”, expresó José Córdova.
Ante ese cuadro, un grupo de comerciantes de Guayana implementaron una serie de diligencias de tipo legal para emitir comunicaciones que permitan frenar la acción.
Mónica Murrugarra indicó que uno de los principales reclamos en torno al servicio de Fospuca Caroní es que continúan haciendo las cuantificaciones que utiliza para fijar sus tarifas, manteniendo el avalúo en montos según los metros cuadrados de los negocios.
Tal como lo expresaron, es inaudito y desleal para el ciudadano, ya que urge la necesidad de que tales montos sean fijados según la capacidad de generación de desechos.
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Cuatro comunicaciones enviadas para «pelear» con Fospuca
Murrugarra explicó que las comunicaciones se enviaron a la Sala Civil de TSJ, a la Inspectoría General de Tribunales y otra al ministro del poder popular para Relaciones Interiores de Justicia y Paz solicitando que se cumpla con la decisión que hubo el 2 de julio del 2019, en la cual se expresa que las proformas no tienen validez legal ni fiscal.
“El no acatar esta decisión los hace incurrir en un error inexcusable, entonces lo que procedería es que el inspector general de tribunales les abra su procedimiento; sea suspensión o destitución, pero mientras eso sucede sigue el daño, sigue el miedo, el terrorismo y la zozobra dentro del sector comercial”, puntualizó.
Así mismo resaltó que la comunicación a la Sala de Casación es para que ponga orden y para la inspectoría es que si tiene que tomar sanciones que lo haga y la comunicación para el ministro de Relaciones Interiores es para que también aplique sus buenos oficios y haga seguimiento a toda esta situación.
Tal como lo indicaron, también se envió una comunicación a la Sala Constitucional del TSJ, pidiendo celeridad en tres recursos que reposan en la instancia esperando decisión, porque consideran que el cierre abrupto del portal de la Alcaldía de Caroní es inconstitucional.
Bajo esta premisa, indican que introdujeron un recurso de nulidad de los hechos, ya que la ordenanza municipal no puede estar nunca por encima de la Ley Orgánica de Armonización Tributaria y que precisa en sus argumentos que el servicio de aseo urbano domiciliario se cobraría en base al área de los envases, al ambiente, a los metros cuadrados y no por volumen o generación de bolsa.
Además enfatizó la comerciante que la Ley de Armonización habla del cobro de la tasa y la ordenanza que es una ley que está por debajo habla de tarifa, además que la ley específica el cobro en bolívares.
“Las comunicaciones a estas instancias no son sólo sobre el asunto de las proformas que es el centro fundamental de la comunicación, sino que si realmente necesitan otra serie de elementos situaciones que ellos han venido violando y coartando derechos al sector comercial, industrial”.
En las referidas comunicaciones va número de expediente juzgado por todo juez que actuó en ese caso y cada expediente con fecha para que tengan en cada una de esas instituciones identificados plenamente quiénes son los jueces, en qué tribunal y a qué empresa han estado molestando.
TAL CUAL